Empresas extranjeras con ingresos por venta de activos, ¿debe presentar información exógena del 2015?


El artículo 4 de la Resolución 220 del 2014 establece los criterios que deben cumplir las personas jurídicas para estar obligadas a presentar la información exógena del año gravable 2015; dichos criterios aplican igualmente para aquellas empresas extranjeras que hayan obtenido ingresos en Colombia.
Empresas extranjeras con ingresos por venta de activos, ¿debe presentar información exógena del 2015?Respondamos a la siguiente pregunta: Una empresa extranjera ubicada en Panamá tiene inmuebles en Colombia y recibió ingresos en 2013 y 2015 por la venta de algunos, por lo que presentó declaración de renta por ganancia ocasional. Teniendo en cuenta el literal b) del artículo 4 de la Resolución 220 del 2014, ¿debe presentar información exógena?  
Las empresas ubicadas en el exterior deben declararle al Gobierno colombiano los ingresos que obtengan dentro del territorio nacional. Por lo anterior, si una empresa ubicada en el exterior que tienen inmuebles en Colombia decidió vender algunos de ellos en los años 2013 y 2015, debió presentar la declaración de renta del año gravable 2013, y posiblemente deba presentarla por el año gravable 2015. Seguir Leyendo...

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