Gastos en efectivo, con límites a partir del año 2014


La Corte Constitucional ha dicho que el art. 771-5 del E.T. no viola la equidad tributaria ya que todos los contribuyentes pueden tener acceso al sistema financiero. Se busca mejorar el recaudo fiscal y ejercer un control fiscal sobre las actividades y negocios de los contribuyentes.

La Corte Constitucional se pronunció y ha dicho que a partir del año 2014 se empezará a rechazar una parte de los costos y gastos que los contribuyentes cancelen con el simple efectivo sin usar el sistema financiero. Se había pedido declarar inexequible el art. 26 de la Ley 1430 de 2010 con el cual se agregó al E.T. el art. 771-5.
Si la norma del art. 771-5 ha quedado en firme con este fallo, los contribuyentes han tenido todo el año 2011, 2012 y el 2013 para prepararse pues a partir del 2014 tendrán que vigilar el nivel de lo que estén cancelando con efectivo... Siga Leyendo

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