Corte declaró exequible el art. 771-5 del E.T que pone límite a partir del 2014 a los gastos en efectivo


En su sentencia del pasado 25 de abril la Corte dijo que la norma no viola la equidad tributaria, pues todos los contribuyentes pueden tener acceso al sistema financiero y si no lo quieren usar entonces se expondrá a pagar mayores impuestos. Además, destacó que la norma busca mejorar el recaudo fiscal y ejercer un control fiscal sobre las actividades y negocios de los contribuyentes.

En su sesión del pasado 25 de abril de 2013 la Corte Constitucional dio su sentencia frente al expediente D-9297 de octubre de 2012 y con el cual se había pedido declarar inexequible el art. 26 de la Ley 1430 de diciembre de 2010 con el cual se agregó al E.T. elart. 771-5 estableciéndose que a partir del año 2014 se empezará a rechazar una parte de los costos y gastos que los contribuyentes cancelen con el simple efectivo sin usar el sistema financiero.
Al respecto, la Corte decidió que la norma sí es exequible y en el comunicado que hasta ahora  se conoce se lee lo siguiente:
“La Corte concluyó que el legislador no viola la equidad tributaria cuando limita el reconocimiento fiscal de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables pagados en efectivo y, en cambio, les da un reconocimiento tributario pleno a los pagados por los medios bancarios... Siga Leyendo

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