El art. 338 del E.T., creado con la Ley 1607 de 2012, dispuso que quienes califiquen como trabajadores por cuenta propia y piensen acogerse al IMAS, cuando no están obligados a llevar contabilidad tendrían que llevar una especial que les diseñaría la DIAN. Ya estamos en mayo y esa contabilidad especial no se ha diseñado. ¿Qué se debería hacer?
De acuerdo con lo establecido en los artículos 329 y 336 a 340 del E.T. creados con la Ley 1607 de diciembre 26 de 2012, en el impuesto de renta de personas naturales y a partir del año gravable 2013 los únicos que al final del año se podrán identificar como “trabajadores por cuenta propia” (con la posibilidad de acogerse a una declaración simplificada en la que solo calcularán un “Impuesto mínimo alternativo simple-IMAS” que les ayudará a ahorrarse muchos millones en impuesto), serán aquellos que sus ingresos brutos totales del año no excedan de 27.000 UVT y que el 80% o más de sus ingresos provengan de alguna de las actividades económicas del art. 340 del E.T., a saber (véase también el capítulo 3 de nuestra obra multimedia “Reforma tributaria ley 1607: todo un revolcón normativo”): ... Siga Leyendo









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