En resumen, si usted normaliza un activos, dicho activos debe sumarse a la base gravable del impuesto a la riqueza, y no se tendrá en cuenta para efectos de la limitación del 25% de la inflación, como lo señala el parágrafo 5 del artículo 4 de la ley 1739 de 2014. Seguir Leyendo...
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Activos normalizados en la limitación de la base gravable del impuesto a la riqueza ¿bienes o activos?
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