Activos normalizados en la limitación de la base gravable del impuesto a la riqueza ¿bienes o activos?

Casa en venta en Florida con palmerasAnteriormente hemos visto como la limitación de la base gravable del impuesto a la riqueza, aquella que se señala que la base gravable no puede incrementar o disminuir mas allá del 25% de lainflación, se determina en el caso de que existan activos omitidos. En incluso señalamos que dicha limitación no opera en el caso de pasivos inexistentes (Límites a la base gravable del impuesto a la riqueza, cuando hay normalización tributaria).
En resumen, si usted normaliza un activos, dicho activos debe sumarse a la base gravable del impuesto a la riqueza, y no se tendrá en cuenta para efectos de la limitación del 25% de la inflación,   como lo señala el parágrafo 5 del artículo 4 de la ley 1739 de 2014. Seguir Leyendo...

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