¿A quiénes se reporta en el formato 2276?

Anteriormente vimos quienes deben entregar el formato 2276. Ahora bien, hoy analizaremos a quienes se debe reportar.
La discusión básicamente es si se reporta simplemente a aquellos que tienen una vinculación laboral, legal y reglamentaria, es decir los asalariados, o se deben reportar a todos los pertenecientes a la categoría de empleados, es decir, en términos generales, quienes presten servicios personales.
Pues bien, el artículo 2 de la resolución 024 de 2016 que modifica la resolución 220 de 2014 señala:
“ARTICULO 29. INFORMACIÓN DEL CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES PARA PERSONAS NATURALES EMPLEADOS AÑO GRAVABLE 2015.
Conforme con el literal p) del artículo 4 de esta resolución, las personas naturales o jurídicas o entidades que deban expedir anualmente el Certificado de Ingresos y Retenciones para Personas Naturales Empleados para el Año Gravable 2015 (Formulario 220 DIAN), deberán reportar la información contenida en dicho certificado, de acuerdo con los parámetro establecidos en las Especificaciones Técnicas del Formato 2276 VERSIÓN 1. Seguir Leyendo...

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