Formato 1647: ¿qué información debe ser reportada y por parte de quiénes?

En la información exógena tributaria por el año gravable 2015, quienes hayan recibido o facturado ingresos para terceros deberán reportarlos en el formato 1647. El reporte exige que se informe el valor total de la operación facturada por el reportante y luego se aclare qué parte de ese valor total era el que se estaba facturando por cuenta del tercero.
Formato 1647: ¿qué información debe ser reportada y por parte de quiénes? Para la información exógena del año gravable 2015, las personas naturales y jurídicas que hayan recibido o facturado ingresos para terceros deberán reportarlos en el formato 1647.


Según el artículo 631 del ET y los artículos 4 y 17 y el numeral 18.13 del artículo 18 de la Resolución 220 del 2014, quienes deberán presentar este formato son: Seguir Leyendo...  

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