Para la información exógena del año gravable 2015, los contribuyentes con cuentas por pagar al 31 de diciembre del 2015 deben presentar el formato 1009 y en este reportar los datos del tercero con quien se tenga el pasivo y el valor del mismo. La dirección del tercero se debe reportar únicamente si se encuentra domiciliado en Colombia.
![[ORO] Exógena 2015: cuentas por pagar se reportan en el formato 1009](https://lh3.googleusercontent.com/blogger_img_proxy/AEn0k_sX9RbnWVgaA9eCQOyKgrc-mWsJOFuM17Plm08tr7XVZ1oC5liLASrR-imS3tlVJlcVmV6vsQuvsDeqHLm9bhph7K4_arMGQ6mPJGUZw439FlE6qVbOYxiiFVfpH2C4jbOt6o2sqXzHlg=s0-d)
La
Resolución 220 del 2014 estableció los diferentes reportes de información exógena que se deben presentar por el año gravable 2015; dentro de estos se encuentra un reporte con las cuentas por pagar del contribuyente, el cual debe ser presentado por las personas naturales y asimiladas obligadas o no a llevar contabilidad, que en el año gravable 2013 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000, sin importar si estuvieron o no obligadas a presentar la declaración de renta del 2013, y sin importar si por el 2015 están obligadas o no a presentar dicha declaración.
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