A partir del 1 de septiembre del 2013, los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–, tienen la obligación de practicarse la autorretención en la fuente a título de este impuesto. Como agentes autorretenedores, puede suceder que se realicen retenciones por un valor superior al debido, o sobre conceptos no sujetos a retención por CREE; en estos casos, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 1828 de agosto 27 del 2013, el contribuyente tiene la posibilidad de descontar dichos valores autorretenidos en exceso o retenidos indebidamente del monto de las autorretenciones por declarar y consignar en el respectivo período. Cabe señalar que en caso de que el monto de las autorretenciones sea insuficiente, podrán hacer el descuento antes mencionado del saldo a pagar en los períodos siguientes. Seguir Leyeno...
Autorretenciones del CREE practicadas en exceso se pueden descontar en períodos siguientes
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