Reportantes deben informar cuentas por cobrar al 31 de diciembre del 2015 en el formato 1008

Para la información exógena del año gravable 2015, las personas naturales que hayan obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000, y las personas jurídicas con ingresos brutos mayores a $100.000.000 en el año gravable 2013, deberán reportar los saldos de las cuentas por cobrar al 31 de diciembre del 2015 en el formato 1008.
Dentro de la información que solicita la DIAN a los contribuyentes obligados a presentar información exógena por el año gravable 2015, se encuentran los saldos de las cuentas por cobrar al 31 de diciembre del 2015; esta información, que se diligencia en el formato 1008, debe ser reportada por las personas naturales y asimiladas colombianas y extranjeras, obligadas o no a llevar contabilidad, si en el año gravable 2013 obtuvieron ingresos brutos superiores a $500.000.000, sin importar si estuvieron o no obligadas a declarar renta por el año gravable del 2013, y si lo están por el año 2015. Asimismo, esta información debe ser entregada por las personas jurídicas obligadas a presentar la declaración de renta del año gravable 2015 o la declaración de ingresos y patrimonio de ese mismo año gravable, independientemente del régimen al cual pertenezcan en renta, que en el año gravable 2013 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $100.000.000. Seguir Leyendo... 
  • Publicado: marzo 15, 2016 actualicese.com
  • Última Actualización: marzo 14, 2016

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