Personas naturales a entregar el certificado de que trata el decreto 1070 de 2013

De conformidad con el artículo 1 del decreto 1070 de 2013, las “personas naturales residentes” deberán reportar a través de un certificado a sus agentes retenedores o pagadores la información para determinar la categoría tributaria y proceder a aplicar retenciones en la fuente de acuerdo con dicho certificado.

La fecha límite de entrega es el 31 de marzo de cada año, es decir, para este año (2016) el plazo vence el próximo jueves. De no hacerlo el agente retenedor, por rentas diferentes a las laborales legales y reglamentarias, lo asimilará a empleado y retendrá la cifra mayor de aplicar la tabla del artículo 383 y 384 del estatuto tributario. Seguir Leyendo...

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