Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE y Anticipo de la Sobretasa del CREE. Características y plazos 2016

Desde el año gravable 2015 hasta el 2018, la sobretasa del CREE se calculará únicamente sobre el valor que exceda los primeros ochocientos millones de pesos de la base gravable sujeta al CREE. En el formulario para la declaración del CREE del año gravable 2015, se habilitó un renglón para restar el anticipo que se había liquidado en la declaración del año gravable 2014, correspondiente al año gravable 2015, y otro para liquidar el anticipo a la sobretasa del CREE año gravable 2016.
Con la Ley 1607 del 2012 fue creado el denominado impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–, que busca beneficiar a los trabajadores, generar empleo y aumentar la inversión social.

Los sujetos pasivos del impuesto CREE son

  • Las personas jurídicas y las asimiladas que sean contribuyentes declarantes del impuesto de renta.
  • Las sociedades extranjeras por los ingresos generados en fuente nacional.
  • Las sociedades declaradas como zonas francas después del 31 de diciembre del 2012.
  • Los usuarios comerciales de zonas francas sujetos a la tarifa general del impuesto de renta.
  • Las empresas que entraron en funcionamiento con los beneficios de la Ley 1429 del 2010, ya que ellas también son contribuyentes del impuesto de renta.
El artículo 94 de la Ley 1607 del 2012 modificó el artículo 240 del ET, y estableció que a partir del 2013, la tarifa de impuesto de renta de las sociedades nacionales y extranjeras se reduce del 33% al 25%; asimismo, con la entrada en vigencia del CREE, a la utilidad fiscal que resulte en el período se le deberá calcular, además del 25% por impuesto de renta, y el 9% por el CREE, es decir la tarifa de impuesto que pagarán las personas jurídicas y sociedades, será del 34% (25% de renta + 9% del CREE).
“con la reglamentación del CREE, a partir del 1 de mayo del 2013, para las personas jurídicas y las personas naturales con más de dos empleados, se suspendió la obligación de realizar los aportes parafiscales al SENA (2%), y al ICBF (3%) por los trabajadores que devenguen menos de 10 smmlv”
Por otra parte, con la reglamentación del CREE, a partir del 1 de mayo del 2013, para las personas jurídicas y las personas naturales con más de dos empleados, se suspendió la obligación de realizar los aportes parafiscales al SENA (2%), y al ICBF (3%) por los trabajadores que devenguen menos de 10 smmlv individualmente considerados; así las cosas, por los pagos a partir de mayo del 2013 (los cuales se hicieron en junio), ya no pagó en la PILA el 5% sobre dichos empleados.
A partir del 1 de enero del 2014, también se puso en vigencia la exoneración en el pago de los aportes que debía hacer el empleador por concepto de salud de los trabajadores que devengaron menos de 10 smmlv (8,5%); de esta manera se cumplió con la reducción parafiscal del 13,5% de la nómina de las personas jurídicas. Seguir Leyendo...

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